Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Septiembre de 2004 (Tesis num. 2a. LXVII/2004 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-09-2004 (Tesis Aisladas))

Número de registro180714
Número de resolución2a. LXVII/2004
Fecha de publicación01 Septiembre 2004
Fecha01 Septiembre 2004
Localizador9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XX, Septiembre de 2004; Pág. 343
EmisorSegunda Sala
MateriaAdministrativa,Derecho Fiscal,Derecho Público y Administrativo

El párrafo citado establece que ante el Tribunal Federal de Justicia Fiscal y Administrativa los particulares o sus representantes podrán autorizar por escrito a licenciado en derecho que a su nombre reciba notificaciones, quien podrá hacer promociones de trámite, rendir pruebas, presentar alegatos e interponer recursos. Ahora bien, la correcta interpretación que debe darse a dicha disposición es en el sentido de que la lista de facultades del autorizado que contiene es enunciativa y no limitativa; por tanto, éste cuenta con la atribución de realizar cualquier acto procesal necesario para la defensa de los derechos del autorizante, pues una interpretación diversa se traduciría en una limitación a la actuación del autorizado, desconociéndose la diversidad de actos procesales que requiere la defensa, en detrimento de las garantías de audiencia y de defensa consagradas en los artículos 14 y 17 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, respectivamente.

Amparo en revisión 794/2003. Aerolíneas Ejecutivas, S.A. de C.V. 27 de agosto de 2004. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: M.B.L.R.. Ponente: S.S.A.A.. Secretaria: M.E.F.M.G.P..

2 sentencias

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR