Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis num. 1621 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro902294
MateriaConstitucional
EmisorSegunda Sala

Como de conformidad con la Constitución del Estado de Veracruz, sólo está justificada la delegación de facultades legislativas en los casos previstos por la fracción XXXII del artículo 68, y ninguna de estas situaciones ha servido de fundamento al decreto por el que se concedieron al Ejecutivo Local, facultades extraordinarias para legislar en todos los ramos, la Ley del Servicio de Agua Potable es inconstitucional.


Amparo administrativo en revisión 7598/45.-R.R.A. y coags.-30 de noviembre de 1945.-Unanimidad de cuatro votos.-Ausente: F.C..-La publicación no menciona el nombre del ponente.




Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo LXXXVI, página 1527, Segunda Sala.

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR