Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro817908
MateriaAdministrativa
EmisorSegunda Sala

Siendo diferentes la comisión y la mediación mercantil, el artículo 8o. de la Ley Federal sobre Ingresos Mercantiles que expresa "ingreso gravable de los comisionistas" y "por la comisión desempeñada", no puede aplicarse a la mediación mercantil, precisamente porque se contrae a la comisión mercantil, y según el artículo 7o. del mismo ordenamiento, para la comisión mercantil se exige el otorgamiento de un mandato y que según la fracción I de dicho artículo 8o. "que exista contrato escrito en el que se estipule la comisión ..." y siendo el contrato uno de los requisitos indispensables para la aplicación de este último precepto, por esto también la mediación mercantil no puede quedar incluida dentro de sus disposiciones.

Revisión fiscal 151/60. N.Z.R.. 19 de octubre de 1961. Cinco votos. Ponente: R.M.E..

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR