Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro803247
MateriaAdministrativa,Derecho Público y Administrativo
EmisorSegunda Sala

No obstante que tanto la Ley General de Instituciones de Crédito como la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal emanen del mismo Poder Legislativo Federal, es el primero de tales ordenamientos el que tocante al caso debe prevalecer sobre el segundo. En efecto, al primero, en su carácter de ordenamiento para toda la República, le toca, de modo exclusivo, fijar el especial régimen tributario a que, por cuanto a instituciones de crédito, deben someterse ordenamientos locales, como lo es la Ley de Hacienda del Departamento del Distrito Federal. Y la regla contenida en el artículo 157 de la Ley General de Instituciones de Crédito sobre que tales instituciones estarán sujetas al pago de "derechos" en iguales condiciones que "los demás causantes", tiene, por lo dicho, constricción normativa sobre cualquier Ley de Hacienda Local que establezca, tal cual hace la del Distrito Federal en su artículo 694, fracción XVII, cualquier principio fiscal más oneroso.

Revisión fiscal 58/62. E.G.P.. 3 de diciembre de 1962. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: J.R.P.C..


Sexta Epoca, Tercera Parte:


Volumen LXIV, página 47. Revisión fiscal 48/62. Compañía Harinera de México, S. A. 15 de octubre de 1962. Cuatro votos. Ponente: J.R.P.C..


Volumen XLVIII, página 39. Revisión fiscal 449/60. Banco de Comercio, S. A. 23 de junio de 1961. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.


Volumen XLVIII, página 39. Revisión fiscal 234/60. Banco de Comercio, S. A. 9 de junio de 1961. Cinco votos. Ponente: O.M.G..


Volumen XXXVII, página 87. Revisión fiscal 485/59. Banco de Comercio, S. A. 28 de julio de 1960. Cinco votos. Ponente: F.C..


Nota:


En el V.X., página 39 esta tesis aparece bajo el rubro "INSTITUCIONES DE CREDITO. REGIMEN TRIBUTARIO.".


En el V.X., página 87, esta tesis aparece bajo el rubro "INSTITUCIONES DE CREDITO. PRESTACION DE SERVICIOS PUBLICOS.".


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