Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro802861
MateriaAdministrativa
EmisorSegunda Sala

De conformidad con el artículo 107, fracción VIII, inciso d), de la Constitución Federal, en relación con los artículos 84, fracción I, inciso d), de la Ley de Amparo y 25, fracción I, inciso c), de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación, la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación sólo tiene competencia legal para conocer de la revisión de sentencias dictadas por Jueces de Distrito en juicios de amparo en que se reclamen, en materia agraria, actos que afecten a núcleos ejidales o comunales en sus derechos agrarios colectivos, o a la pequeña propiedad. Así pues, cuando se reclamen actos que sólo afectan derechos agrarios individuales, la competencia legal corresponde a los Tribunales Colegiados de Circuito, conforme a lo preceptuado por los artículos 107, fracción VIII, párrafo final, de la Constitución Federal, 85, fracción II, de la Ley de Amparo y 7o., bis, fracción III, inciso a), del capítulo III bis, y 72 bis, de la Ley Orgánica del Poder Judicial de la Federación.

Amparo en revisión 4550/68. Z.B.C.. 5 de diciembre de 1968. Cinco votos. Ponente: F.T.R..

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