Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Julio de 1994 (Tesis num. 2a. XI/94 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-07-1994 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | 2a. XI/94 |
Fecha de publicación | 01 Julio 1994 |
Fecha | 01 Julio 1994 |
Número de registro | 206362 |
Localizador | 8a. Época; 2a. Sala; S.J.F.; XIV, Julio de 1994; Pág. 63 |
Materia | Administrativa,Constitucional,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional |
Emisor | Segunda Sala |
El artículo 63 de la Ley Orgánica del Servicio Exterior Mexicano, establece que los miembros que dejaren dicho servicio, por causas que no fueren la destitución o la baja, recibirán como compensación, por una sola vez, por cada año de servicios, el importe correspondiente a un mes del último sueldo que hubieren disfrutado, con un límite máximo de doce meses. Ahora bien, el artículo 128, párrafo primero, del Reglamento de dicha ley al señalar que la referida compensación se pague conforme a la plaza presupuestal que se haya concedido al miembro del servicio, que se encuentre consignada en el catálogo de Empleos del Gobierno Federal, y no de acuerdo con el último sueldo que hubiere disfrutado el miembro del Servicio Exterior Mexicano, cuando dejare dicho servicio, excede el contenido del artículo 63 de la Ley que reglamenta, en franca violación a los artículos 49, 72, inciso f) y 89, fracción I, de la Constitución General de la República.
Amparo en revisión 1103/93. F.R.M.. 18 de abril de 1994. Cinco votos. Ponente: N.C.L.. Secretario: L.I.R.G..
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Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis num. 2674 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))
...N.C.L..-Secretario: L.I.R.G.. Semanario Judicial de la Federación, Octava Época, Tomo XIV, julio de 1994, página 63, Segunda Sala, tesis 2a. XI/94....