Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Mayo de 1996 (Tesis num. 2a. XXXVIII/96 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-05-1996 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | 2a. XXXVIII/96 |
Fecha de publicación | 01 Mayo 1996 |
Fecha | 01 Mayo 1996 |
Número de registro | 200619 |
Localizador | 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; III, Mayo de 1996; Pág. 252 |
Emisor | Segunda Sala |
Materia | Común,Constitucional,Derecho Civil,Derecho Laboral y Seguridad Social,Derecho Penal,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional,Derecho Procesal |
El artículo 107, fracción XVI, segundo párrafo de la Constitución General de la República, reformado por el Decreto publicado en el Diario Oficial de la Federación de treinta y uno de diciembre de mil novecientos noventa y cuatro, otorga a la Suprema Corte de Justicia de la Nación la facultad de disponer, oficiosamente, el cumplimiento substituto de las sentencias de amparo, en casos excepcionales, cuando la naturaleza del acto reclamado lo permita, haya determinado previamente el incumplimiento o repetición del acto, y advierta que de ejecutarse cabalmente la sentencia, se afectaría gravemente a la sociedad o a terceros, en mayor proporción que los beneficios económicos que pudiera obtener el quejoso; esta disposición todavía no entra en vigor, ya que según lo previsto por el artículo noveno transitorio del mismo Decreto, ello será hasta que ocurra lo propio con las reformas a la Ley de Amparo, lo que no acontece aún, pero esta Segunda Sala considera que mientras llega el momento de que pueda válidamente ordenarse de manera oficiosa el cumplimiento substituto de dichas ejecutorias, nada impide que el juzgador de amparo requiera al quejoso para que manifieste si es su voluntad optar por el cumplimiento substituto que prevé el artículo 105, in fine, del texto vigente de la Ley de Amparo, caso en el cual se tramitará el incidente respectivo.
Incidente de inejecución 41/93. M. de J.G.G.. 29 de marzo de 1996. Cuatro votos. Ausente: S.S.A.A.. Ponente: G.D.G.P.. Secretaria: R.M.G.Z..
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 06-02-2019 (INCIDENTE DE CUMPLIMIENTO SUSTITUTO 29/2017)
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Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis num. 165 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))
...R.M.G.Z.. Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Novena Época, Tomo III, mayo de 1996, página 252, Segunda Sala, tesis 2a. XXXVIII/96....