Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Diciembre de 1997 (Tesis num. 2a. CXLI/97 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-12-1997 (Tesis Aisladas))

Número de resolución2a. CXLI/97
Fecha de publicación01 Diciembre 1997
Fecha01 Diciembre 1997
Número de registro197269
Localizador9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; VI, Diciembre de 1997; Pág. 366
EmisorSegunda Sala
MateriaComún

La jurisprudencia establecida por la Suprema Corte de Justicia, en cuyo sumario se dice: "ACTOS NEGATIVOS.- Tratándose de actos negativos, la prueba corresponde no a quien funda en ellos sus derechos, sino a su contendiente.", constituye una regla genérica que no es aplicable cuando la existencia de la conducta negativa de la autoridad responsable aplicadora requiere, necesariamente y de una manera previa, la existencia de una solicitud del particular -el quejoso- para que la autoridad ejerza la facultad prevista en la ley aplicable, lo cual implica que si bien al quejoso no corresponde probar la conducta omisa de la responsable, sí le toca, en cambio, acreditar que realizó los trámites conducentes para exigir la actuación de esta última.

Amparo en revisión 2074/97. J.A.G.. 24 de octubre de 1997. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: G.D.G.P.. Ponente: J.D.R.. Secretario: J.F.S..

106 sentencias

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