Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 1 de Junio de 2006 (Tesis num. 2a. LI/2006 de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala, 01-06-2006 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | 2a. LI/2006 |
Fecha de publicación | 01 Junio 2006 |
Fecha | 01 Junio 2006 |
Número de registro | 174893 |
Localizador | 9a. Época; 2a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXIII, Junio de 2006; Pág. 322 |
Emisor | Segunda Sala |
Materia | Constitucional,Administrativa,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional |
Si bien es cierto que el citado precepto constitucional prevé que compete a la autoridad administrativa la aplicación de las sanciones por las infracciones de los reglamentos gubernativos y de policía, las que "únicamente" consistirán en multa o arresto hasta por 36 horas, también lo es que ello no impide al legislador ordinario establecer otro tipo de sanciones, en la medida de que la intención del Congreso Constituyente de 1916 no fue acotar las que podían imponer las autoridades administrativas a los particulares, pues en el mensaje y proyecto de Constitución de V.C. de 1o. de diciembre de 1916, y en el dictamen leído en la 27a. sesión ordinaria del Congreso Constituyente de 2 de enero de 1917, se reconoció que la multa o el arresto no son las únicas sanciones que pueden actualizarse en el ámbito legal, ya que por la trascendencia económica o personal de este tipo de sanciones se puso especial énfasis en establecer limitaciones en su aplicación, pero no respecto a que sólo esas podían preverse e imponerse; en comunión con el diverso artículo 73, fracción XXI, de la Constitución que dispone, sin restricción, la facultad del Congreso de la Unión para legislar sobre las faltas contra la Federación y fijar los castigos que por ellas deben imponerse. En ese sentido, el artículo 60, fracción IV, y antepenúltimo párrafo, de la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público, no viola el artículo 21, primer párrafo, de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, por el hecho de prever la sanción de inhabilitación temporal de proveedores o licitantes para participar en los procedimientos de contratación o en la celebración de contratos, distinta a la multa o al arresto.
Amparo en revisión 851/2006. B. de México, S.A. de C.V. 12 de mayo de 2006. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: S.S.A.A.. Ponente: J.D.R.. Secretario: I.F.R..
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 20-06-2007 ( CONTRADICCIÓN DE TESIS 98/2007-SS )
...LA AUTORIDAD INDIVIDUALIZAR LA MULTA RESPECTIVA’ (se transcribe). --- Asimismo, es aplicable a lo anterior, por analogía, la tesis número 2a. LI/2006 de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en la página trescientos veintidós, T.X., Junio de 2006 de la Nove......
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Sentencia de la Corte Suprema de Justicia. 25-06-2008 (AMPARO EN REVISIÓN 225/2008)
...Novena Época, Instancia: Segunda Sala, Fuente: Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, XXIII, Junio de 2006, Tesis: 2a. LI/2006, Página: QUINTO. Por su parte, en el tercero de los agravios expuestos por la quejosa, expresa en esencia lo siguiente: La sentencia recurrida es contrari......
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Ejecutoria de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala
...A LA AUTORIDAD INDIVIDUALIZAR LA MULTA RESPECTIVA.’ (se transcribe). Asimismo, es aplicable a lo anterior, por analogía, la tesis número 2a. LI/2006 de la Segunda Sala de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, publicada en la página trescientos veintidós, T.X., junio de 2006 de la Noven......
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Ejecutoria num. 173/2020 de Suprema Corte de Justicia, Pleno, 01-09-2023 (ACCIÓN DE INCONSTITUCIONALIDAD)
...del Semanario Judicial de la Federación, Libro 21, agosto de 2015, Tomo I, página 477 y registro digital: 2009728. 23. Véase la tesis 2a. LI/2006 de la Segunda Sala, de rubro: "INHABILITACIÓN TEMPORAL DE PROVEEDORES O LICITANTES. EL ARTÍCULO 60, FRACCIÓN IV, Y ANTEPENÚLTIMO PÁRRAFO, DE LA L......