Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro237962
EmisorSegunda Sala
MateriaAdministrativa,Derecho Público y Administrativo

La interpretación sistemática de los artículos 27, 29, 31, 32, 35, 41 y 42 de la Ley Federal de Reforma Agraria, conduce a establecer que la atribución concedida a los delegados agrarios para suspender en sus cargos a los miembros de los comisariados ejidales o de bienes comunales, así como a los integrantes de los consejos de vigilancia, está sujeta, fundamentalmente, a las siguientes reglas: 1o. Deberá efectuarse convocatoria para la celebración de asamblea general extraordinaria en los términos del artículo 32; 2o. En la cédula de la convocatoria deberá figurar, como asunto a tratar por la asamblea, la remoción por cualesquiera de las causales previstas por el artículo 41; 3o. Si la asamblea no resuelve la remoción, tal circunstancia origina la atribución del delegado para acordarla y ordenar que entren en funciones los respectivos suplentes, conforme a lo preceptuado por el segundo párrafo del artículo 42; 4o. Esta facultad del delegado sólo opera tratándose de alguna de las causales establecidas por las fracciones III, IV, V y VII del artículo 41, cuando a su juicio que debe ser fundado y motivado, esté comprobada la existencia de los hechos u omisiones que configuren las referidas causales de remoción.

Amparo en revisión 4548/79. Comisariado E.J., Municipio de Tihuatlán, Estado de Veracruz y coagraviados. 22 de noviembre de 1979. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: J.I.. Secretario: J.T.R..


Séptima Epoca, Tercera Parte:


Volúmenes 109-114, página 26. Amparo en revisión 3602/77. J.M.S.H. y otros. 7 de junio de 1978. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: A.S.R..


Volúmenes 91-96, página 56. Amparo en revisión 2026/76. Comisariado Ejidal del Poblado "Luz Masas", Municipio de A., Guanajuato. 30 de agosto de 1976. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: A.R.C.. Secretario: M.S.B. y Chapital.


Volumen 75, página 14. Amparo en revisión 1306/74. H.C. y otro. 5 de marzo de 1975. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: P.G.M.. Secretario: J.D.R..


Nota:


En los Volúmenes 109-114, página 26 y Volumen 75, página 14, la tesis aparece bajo el rubro "AGRARIO. COMISARIADOS EJIDALES. SUSPENSION DE SUS MIEMBROS. REGLAS PARA ORDENARLA.".


En los Informes 1975, 1976, 1980 y Apéndice 1917-1985, página 51, la tesis aparece bajo el rubro "SUSPENSION DE FUNCIONES DE MIEMBROS DE COMISARIADOS EJIDALES, DE BIENES COMUNALES O DE CONSEJOS DE VIGILANCIA. REGIMEN LEGAL DE LA FACULTAD ATRIBUIDA A LAS DELEGACIONES AGRARIAS. APLICACION DEL ARTICULO 42 DE LA LEY DE LA MATERIA.".


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