Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro265655
MateriaAdministrativa
EmisorSegunda Sala

Con respecto a los requisitos que exige el artículo 8o. de la Ley Federal del Impuesto sobre Ingresos Mercantiles, procede aclarar que el señalado en su fracción I, o sea la existencia del contrato escrito en el que se estipule la comisión, ya en cantidad fija o en un porcentaje sobre el precio de la operación, se cumple si obran en el expediente fiscal copias de los contratos aludidos; y en cuanto al requisito a que se contrae la fracción II del mismo precepto, o sea que el comisionista ponga a disposición de las autoridades fiscales, cuando estas lo soliciten, comprobantes de las cuentas rendidas a su comitente y de las comisiones percibidas debe aparecer en autos que se ha solicitado al causante que exhiba los comprobantes de dichas cuentas rendidas y comisiones percibidas.

Revisión fiscal 236/65. Proveedora de Monterrey, S. A. de R. L. 27 de abril de 1966. Cinco votos. Ponente: P.G.M..

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