Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro266167
MateriaAdministrativa
EmisorSegunda Sala

Si se encuentra debidamente demostrado, con las constancias de autos, que el tercer perjudicado es legítimo propietario de la casa y solar en que se halla construida, ubicados dentro de la zona urbana de un poblado, por adquisición que de dicho inmueble llevó a cabo según escritura privada inscrita en el Registro Público de la Propiedad, y la resolución presidencial restitutoria y dotatoria de tierras, al poblado quejoso, no incluye a dicha propiedad privada; conforme a la aplicación correcta del artículo 180 del Código Agrario, no cabe acceder a la solicitud del comisariado quejoso, para que el comisariado ejidal proceda a desposeer al tercer perjudicado del inmueble de su propiedad, ubicado en la zona urbana del núcleo ejidal.

Amparo en revisión 3622/64. Comisariado Ejidal del Poblado de Huajicori, N.. 20 de agosto de 1964. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: J.I..

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR