Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro266949
MateriaAdministrativa
EmisorSegunda Sala

El procedimiento para hacer efectivas las fianzas expedidas a favor del Estado, está expresamente previsto en la Ley Federal de Instituciones de Fianzas, en la que no se encuentra como requisito previo para hacer el requerimiento de pago a una compañía el que se notifique previamente al deudor del crédito que se va a hacer efectivo mediante la fianza, por lo que, no tratándose de una obligación impuesta por dicha ley, es claro que la Tesorería de la Federación no está obligada a cumplirla.

Amparo en revisión 4375/61. Compañía de Fianzas Lotonal. 11 de mayo de 1962. Cinco votos. Ponente: R.M.E..


Sexta Epoca, Tercera Parte:


Volumen XLIX, página 45. Revisión fiscal 399/58. La Guardiana, S. A. Compañía General de Fianzas. 7 de julio de 1961. Cinco votos. Ponente: O.M.G..


Volumen XLV, página 91. Revisión fiscal 209/59. Afianzadora Mexicana, S. A. 17 de marzo de 1961. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: O.M.G..


Volumen XLV, página 91. Revisión fiscal 199/59. Afianzadora Mexicana, S. A. 17 de marzo de 1961. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.


Volumen XVI, página 58. Revisión fiscal 4266/58. Compañía de Fianzas Lotonal, S. A. 13 de octubre de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: J.R.P.C..


Volumen XIV, página 38. Amparo en revisión 2978/58. Compañía de Fianzas Lotonal, S.A. 11 de agosto de 1958. Cinco votos. Ponente: J.R.P.C..


Volumen X, página 22. Amparo en revisión 6386/57. Compañía de Fianzas Lotonal, S.A. 9 de abril de 1958. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: J.R.P.C..


Nota:


En el Volumen XLV y XLIX, páginas 91 y 45, respectivamente, esta tesis aparece bajo el rubro "FIANZAS. PROCEDIMIENTO PARA HACERLAS EFECTIVAS.".


En el V.X., página 58, esta tesis aparece bajo el rubro: "FIANZAS EXPEDIDAS A FAVOR DEL ESTADO, PROCEDIMIENTO PARA HACERLAS EFECTIVAS.".

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