Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro317834
MateriaAdministrativa
EmisorSegunda Sala

Si la delegación de facultades establecida por la Ley se hizo en favor de Juntas de Agua del Estado o del Banco Nacional Hipotecario, S. A., o sea a unas o a otro, y no está demostrado que el Banco se haya hecho cargo de ellas, y además, en la demanda de amparo se objetó únicamente la delegación a favor del Banco, y a ella se limitó, por tanto, la sentencia, no cabe resolver en la revisión la revocación de dicho punto resolutivo, conforme a los artículos 4o., y 73, fracciones V y VI, de la Ley de Amparo, debiendo sobreseerse en el juicio, de acuerdo con el artículo 74, fracción III, de la misma Ley.

Amparo administrativo en revisión 4480/49. Domingo R. de G. y coags. 23 de junio de 1954. Unanimidad de cinco votos. Ponente: N.G..

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