Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro319144
MateriaAdministrativa,Derecho Fiscal,Derecho Público y Administrativo
EmisorSegunda Sala

No existe motivo alguno que impida que dentro de las facultades propias del Ejecutivo, éste fije los precios a los artículos de exportación, precisamente porque tal actividad no puede considerarse como una delegación de facultades del Congreso para crear la ley, sino como una simple autorización que permite determinar un hecho o una situación necesaria para que la ley pueda ser aplicada, ya que el Poder Legislativo está imposibilitado dentro de sus funciones, para poner precios, por motivo de la rapidez necesaria para hacerlo, debido a las constantes fluctuaciones.

Tomo CX, página 2083. I.A.. Amparo en revisión 9045/50. 9 de noviembre de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: F.C.. R.: O.M.G..


Tomo CX, página 2083. I.A.. Amparo en revisión 2479/51. A.H.D.. 29 de octubre de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: F.C.. R.: N.G..


Tomo CX, página 2083. I.A.. Amparo en revisión 5939/50. Mexican Fibre Company, S.A. 29 de octubre de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: F.C.. R.: N.G..


Tomo CX, página 453. Amparo administrativo en revisión 7122/50. H.D.A.. 17 de octubre de 1951. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: N.G.. R.: M.B.B..

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