Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro322602
MateriaConstitucional,Derecho Constitucional
EmisorSegunda Sala

No basta que un precepto legal sea opuesto a la Constitución para que, por ese simple hecho, se le tenga por insubsistente en los términos del artículo 133 de la misma, sino que es necesario que se le impugne en la demanda de amparo y se señalen los motivos para sostener que existe esa oposición, con objeto de que se examine su validez, pues de otra suerte, el Juez de Distrito no puede hacer oficiosamente ese examen, supliendo la deficiencia de la queja, ni puede tampoco, a riesgo de ser inconsecuente con los términos del escrito inicial del juicio de garantías, hacer el estudio de cuestiones que no le han sido planteadas.

Amparo administrativo en revisión 4828/43. V.A.. 9 de mayo de 1945. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: M.B.B. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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