Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro325715
MateriaComún
EmisorSegunda Sala

El cotejo y compulsa de documentos solamente puede ordenarse por el Juez, en los casos previstos por los artículos 258, fracción VI, 263, 266, 267 y 268 del Código Federal de Procedimientos Civiles.

Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 6869/42. P.L.V. y coagraviados. 22 de octubre de 1942. Unanimidad de cinco votos. R.: G.F..

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