Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro326420
MateriaAdministrativa
EmisorSegunda Sala

Se causarán notorios perjuicios a la colectividad, si se suspendiera la reinstalación del servicio de agua potable en una finca, pues no sólo la higiene sino la también la salubridad pública se resentirían, si se autorizara, con el otorgamiento del beneficio, la propagación, por falta del servicio de agua, de focos de infección o epidemias, que de nacer, se propagarían a las fincas contiguas; y es aplicable la jurisprudencia número 538 del Apéndice al Tomo LXIV del Semanario Judicial de la Federación. No es de tomarse en cuenta, en contra de lo anterior, la observación de que no se interesa a la sociedad las medidas tomadas respecto de una sola finca, porque en el caso trata de medidas de carácter general, adoptadas por el artículo 253 del Código Sanitario, que se aplican al caso especial comprendido en ellas.

Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 6251/42. Banco Nacional Hipotecario Urbano y de Obras Públicas, S. A.- 23 de septiembre de 1942.- Unanimidad de cuatro votos. R.: G.F..

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