Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro327662
MateriaAdministrativa,Derecho Público y Administrativo
EmisorSegunda Sala

Aceptando que no son de la misma naturaleza los contratos en general celebrados entre particulares, y los contratos de enganche, debe aceptarse que no puede de propia autoridad, una de las partes, como la Secretaría de la Defensa Nacional, declarar nulo dicho contrato de enganche, dando de baja al enganchado, sin haber transcurrido el tiempo estipulado y sin existir causas legales para su separación.

Amparo administrativo en revisión 3823/41. R.R.A.. 11 de noviembre de 1941. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: F.C.. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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