Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro328149
MateriaCivil
EmisorSegunda Sala

Para demostrar la existencia de los contratos de aparcería, la prueba testimonial rendida con este fin, es inadecuada, si la ley del Estado respectivo establece que dichos contratos deban constar por escrito, pues del artículo 324 del Código Federal de Procedimientos Civiles, así se desprende, al decir que la prueba testimonial no es admisible cuando el hecho que se trata de probar, debe constar en escritura publica o por escrito.

Amparo administrativo en revisión 6685/40. Valle M. del y coags. 3 de abril de 1941. Unanimidad de cuatro votos. El Ministro A.F.R. no intervino en la resolución de este asunto por las razones que constan en el acta del día. R.: G.F..


Véase: Semanario Judicial de la Federación, Quinta Epoca, Tomo CX página 1581, tesis de rubro "APARCERIA, PRUEBA DEL CONTRATO DE (LEGISLACION DE TAMAULIPAS).".

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