Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro330143
EmisorSegunda Sala
MateriaComún

Si se negó la suspensión pedida porque las autoridades responsables negaron el acto que les fue atribuido, pero posteriormente se comprueba que realizaron éste, y se solicita nuevamente el beneficio, éste debe concederse, si se llenan los requisitos del artículo 124 de la Ley de Amparo, pues en tales condiciones, resulta patente el subterfugio de que se valieron las autoridades, y el acto reclamado debe reputarse existente, desde la promoción de la demanda de amparo, y retrotraerse los efectos jurídicos de la suspensión, a aquella fecha.

Amparo administrativo. Revisión del incidente de suspensión 5024/39. J. de F.R.. 7 de septiembre de 1939. Unanimidad de cuatro votos. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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