Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro336610
EmisorSegunda Sala
MateriaLaboral

No debe entenderse como salario remunerador, el uso de la portería concedido a un portero y veinticinco centavos mensuales de sueldo, porque si así se considerara, se violarían las fracciones VI y X del artículo 123 constitucional; la primera, que fija el criterio para definir la cuestión, y la segunda, que estatuye qué debe entenderse por salario y cómo se paga; siendo, además, notorio, que no puede tomarse la habitación que se facilita al portero para el desempeño de su cargo, como el precio de su trabajo, ya que no es sino la condición, mediante la cual, puede desempeñar su trabajo.

Amparo en revisión en materia de trabajo 2934/33. G.A. y coag. 22 de noviembre de 1933. Unanimidad de cinco votos. R.: A.C.C..

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR