Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro337924
MateriaAdministrativa
EmisorSegunda Sala

La jurisprudencia de la Corte sobre que los amparos agrarios son improcedentes, por tener los actos relativos, el remedio que específicamente previene el artículo 10 de la Ley Agraria, es aplicable al caso en que los ejidatarios reclamen contra la resolución presidencial.

Amparo administrativo en revisión 2618/24. Presidente del Comité Particular Ejecutivo de la Magdalena Tlaltelulco, Tlaxcala. 4 de junio de 1930. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: S.U.. R.: D.V.V..

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