Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Segunda Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro338163
EmisorSegunda Sala
MateriaComún

De acuerdo con lo dispuesto por el artículo 73 de la Ley reglamentaria del amparo, la circunstancia de no rendirse el informe con justificación, establece la presunción de ser cierto el acto reclamado, salvo prueba en contrario; y cuando una autoridad administrativa deja de rendir dicho informe, el acto reclamado debe tenerse como cierto, y además, si la autoridad no ha justificado sus actos, o lo que es lo mismo, no ha demostrado que ellos estén arreglados a la ley, deben reputarse violatorios de las garantías invocadas en la demanda.

Amparo administrativo en revisión 2145/29. "D. y C.." 29 de marzo de 1930. Mayoría de tres votos. Disidente: L.M.C.. Ausente: J.G.V.. Engrose: S.U.. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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