Tesis Aislada, (Tesis num. 170 de Sala Superior (Tesis Aisladas))

Número de registro919241
MateriaOtra

El escrito de protesta constituye un medio de impugnación que existe tanto en la etapa de la jornada electoral como en la posterior. Al establecer los medios de impugnación procedentes en cada una de las etapas del proceso electoral, el artículo 275, fracción II, del Código Electoral del Estado de Chiapas dispone, que el escrito de protesta procede únicamente durante la jornada electoral, lo que tiene como base, la premisa fundamental, de que el escrito de protesta es propio de la jornada electoral, cuya presentación debe hacerse en las mesas directivas de casilla al concluir el escrutinio y cómputo realizado ante ellas. Sin embargo, por disposición expresa del penúltimo párrafo del artículo 278 del ordenamiento mencionado, el escrito de protesta admite ser presentado también ante el consejo electoral correspondiente, antes del inicio de la sesión de cómputo...

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