Tesis Aislada, (Tesis num. 2419 de Sala Auxiliar (Tesis Aisladas))

Número de registro907360
MateriaPenal

La repetición de diligencias de prueba en el proceso penal en los términos del artículo 306 del Código Federal de Procedimientos Penales, no es un derecho de que el acusado pueda hacer uso a su arbitrio, sino que queda a juicio del juzgador autorizarla, previo el requisito de solicitud oportuna; tan es así, que no procede recurso alguno en contra de la resolución que la niegue.

Amparo directo 264/80.-A.S.F..-2 de febrero de 1983.-Mayoría de cuatro votos.-Disidente: G.G. Orozco.-Ponente: T.M.P..

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