Tesis Aislada, (Tesis de Sala Auxiliar (Tesis Aisladas))

Número de registro384152
MateriaAdministrativa

El artículo 71 del Código Federal de Procedimientos Civiles establece que después de que se haya admitido demanda para la decisión total o parcial de un litigio, y en tanto este no haya sido resuelto por sentencia irrevocable, no puede tener lugar, para la decisión del mismo litigio, otro proceso ni ante el mismo tribunal ni ante tribunal diverso. Pero esta disposición es aplicable tratándose de controversias de la misma naturaleza, lo que no ocurre en la hipótesis de un juicio ante tribunal administrativo y el juicio de amparo. Esta diversa materia de ambos juicios, haría imposible la acumulación del litigio, establecida en los...

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