Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis num. 20 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Contradicción de Tesis))

Número de registro920275
Tipo de JurisprudenciaContradicción de Tesis
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

En el juicio de amparo directo, el órgano de control constitucional debe analizar las causas de exclusión del delito, también denominadas excluyentes de incriminación, aun cuando éstas no hayan formado parte de la litis en primera y segunda instancias, y resolver lo que en derecho proceda, de conformidad con lo dispuesto en el artículo 76 bis, fracción II, de la Ley de Amparo, ya que dichas causas forman parte del examen de la legalidad de la resolución reclamada, en razón de que el estudio de las mismas debe realizarse de oficio en el procedimiento penal, según lo establece el artículo 17 del Código Penal Federal y sus similares de las legislaciones locales. Además, al proceder de esta forma, el tribunal de amparo no se sustituye al criterio del juzgador de origen, y tampoco es contrario a lo que previene el artículo 78 de la citada ley, en el sentido de que el acto reclamado se debe apreciar tal y como aparezca probado ante la autoridad responsable, lo que se traduce en que el juzgador de amparo no puede allegarse más pruebas que aquellas que tuvo la autoridad responsable para emitir dicho acto. Finalmente, debe indicarse que la referida obligación del órgano de control constitucional, no implica que éste deba pronunciarse sobre causas excluyentes del delito o de responsabilidad cuando éstas no se hagan valer, y además de oficio no advierta que se actualiza alguna.

Novena Época:


Contradicción de tesis 60/98.-Entre las sustentadas por el Primer Tribunal Colegiado en Materia Penal del Segundo Circuito y Segundo Tribunal Colegiado del Décimo Séptimo Circuito.-5 de julio de 2000.-Unanimidad de cuatro votos.-Ausente: H.R.P.: J.N.S.M.: J.F.C..


Semanario Judicial de la Federación y su Gaceta, Tomo XII, octubre de 2000, página 115, Primera Sala, tesis 1a./J. 13/2000; véase la ejecutoria en la misma página de dicho tomo.

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