Tesis Jurisprudencial de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis num. 97 (H) de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Reiteración))

Número de registro904825
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

El delito antes calificado por la ley como estafa y ahora como fraude, está integrado por dos elementos: primero, el engaño a la víctima o la maliciosa disimulación del error padecido por la misma; segundo, el dolo penal, formado por el conocimiento de la naturaleza delictuosa del hecho, por la voluntad de consumar éste y por la dañada intención de menoscabar el patrimonio ajeno.

Quinta Época:


Amparo en revisión 1872/35.-Guinea Ramos Leonardo.-12 de julio de 1935.-Cinco votos.-La publicación no menciona el nombre del ponente.


Amparo directo 6037/36.-D.M.M. de octubre de 1937.-Unanimidad de cuatro votos.-Excusa: D.G. publicación no menciona el nombre del ponente.


Amparo en revisión 1319/38.-Escobar Enrique.-18 de agosto de 1938.-Unanimidad de cuatro votos.-Ausente: R.C..-La publicación no menciona el nombre del ponente.


Amparo en revisión 2559/39.-V.A. Alfonso.-25 de agosto de 1939.-Mayoría de cuatro votos.-Disidente: R.C..-La publicación no menciona el nombre del ponente.


Amparo en revisión 1960/41.-L. y C.F. de.-23 de junio de 1943.-Unanimidad de cuatro votos.-Ausente: J.M.O. Tirado.-La publicación no menciona el nombre del ponente.


Apéndice 1917-1995, Tomo II, Tercera Parte, página 561, Primera Sala, tesis 880.

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