Tesis Jurisprudencial de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis num. 114 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Contradicción de Tesis))

Número de registro389983
Tipo de JurisprudenciaContradicción de Tesis
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

Cuando el agente del Ministerio Público en su función de investigador niega la existencia de la orden de detención que le atribuye el promovente del juicio de amparo, la copia que se le solicite de la averiguación previa resulta inconducente para la prueba de ese acto reclamado en el juicio de amparo, dado que, aun cuando tal averiguación hubiere iniciado, su contenido en todo caso serviría para establecer si a quien es sujeto de la investigación se le hubiere violado alguna garantía constitucional en el desarrollo de la indagatoria, pero no puede considerarse lo mismo respecto de la orden de detención cuya existencia negó la responsable, puesto que al no derivar necesariamente la averiguación previa en el dictado de dicha orden, ni siquiera podría establecerse a través de la documental respectiva una presunción de certeza del acto reclamado.

Octava Epoca:


Contradicción de tesis 16/90. Entre las sustentadas por el Tribunal Colegiado en Materia Penal del Tercer Circuito en contra del Tribunal Colegiado del Noveno Circuito (hoy Primero) y el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Penal del Primer Circuito. 17 de agosto de 1992. Cinco votos.


NOTA:

Tesis 1a./J.7/92, G. número 58, pág. 13; véase ejecutoria en el Semanario Judicial de la Federación, tomo X-Octubre, pág. 49.

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