Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Reiteración))

Número de registro236325
EmisorPrimera Sala
Tipo de JurisprudenciaReiteración
MateriaPenal

CONSPIRACION, DELITO DE, NO CONFIGURADO.

Conforme a lo dispuesto por el artículo 132 del Código Penal Federal, los elementos del delito de conspiración consisten en que dos o más personas resuelvan de concierto, cometer alguno de los delitos catalogados como de traición a la patria, espionaje, rebelión, sedición o de desórdenes públicos, y que acuerden los medios de llevar a cabo su determinación. Ahora bien, si la conducta realizada por el inculpado consistió en exteriorizar conceptos basados en ideas socialistas de todos conocidas, procurarse adeptos y alcanzar, a largo plazo, o en el momento oportuno, el cambio de la estructura política, social y económica del país, pero no que existiera ya una franco y positivo acuerdo para llevar a cabo un "alzamiento en armas" para de inmediato "abatir o reformar la Constitución Política de la República o las instituciones que de ella emanan.", no puede estimarse comprobado el delito de conspiración para cometer el de rebelión en esa hipótesis legal, como concordado al primero.

Séptima Epoca, Segunda Parte:

Volumen 36, página 15. Amparo directo 1434/69. A.B.G. y P.P.C.. 1o. de diciembre de 1971. Cinco votos. Ponente: E.B.F..

Volumen 43, página 15. Amparo directo 527/70. R.V.S. y coagraviada. 24 de julio de 1972. Cinco votos. Ponente: E.B.F..

Volumen 43, página 15. Amparo directo 536/70. G.J.L.. 24 de julio de 1972. Cinco votos. Ponente: E.B.F..

Volumen 43, página 15. Amparo directo 538/70. O.J.F.B.. 24 de julio de 1972. Cinco votos. Ponente: E.B.F..

Volumen 43, página 15. Amparo directo 2108/70. L.F.Z.M.. 24 de julio de 1972. Cinco votos. Ponente: E.B.F..

Véase: A. al Semanario Judicial de la Federación 1917-1985, Segunda Parte, Primera Sala, tesis 74, página 171, de rubro "CONSPIRACION, DELITO DE, NO CONFIGURADO.".

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR