Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis num. 2745 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro907686
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

Para tener como justificada la figura delictiva de que se ocupa el artículo 380 del Código Penal para el Distrito y Territorios Federales, a la cual la doctrina denomina robo de uso, se precisa prueba de que al tomar los bienes ajenos de cuyo apoderamiento se impute al acusado, éste lo haya hecho con carácter temporal y no para apropiárselos o para venderlos, por lo cual, faltando prueba en tal sentido y constando en los autos del proceso que el inculpado no tenía derecho ni autorización legítima para realizar el acto de apoderamiento, su conducta se ha de tener como configurante del delito de robo que está definido en el artículo 367 de aquella ley sustantiva.

Amparo directo 2060/56.-Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente.-11 de enero de 1957.-Cinco votos.-La publicación no menciona el nombre del ponente.


Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo CXXXI, página 90, Primera Sala.

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