Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis num. 838 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro905779
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

En el delito de corrupción, la lesión es puramente moral y puede darse aun cuando no se ejecuten actos que materialmente la revelen, pero que no constituyen por sí mismos la perversión sino que son su efecto; es decir la perversión es un puro proceso interno que se reduce a la distorsión del sentido moral de un menor.

Amparo directo 5844/51.-Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente.-2 de marzo de 1956.-Unanimidad de cuatro votos.-Ponente: L.C.G..


Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo CXXVII, página 761, Primera Sala.

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