Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis num. 222 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro905163
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

Tratándose de este delito, no se puede admitir la existencia de la culpa o imprudencia, ya que técnicamente, por su morfología, ese delito requiere forzosamente la intención del agente del delito, el propósito voluntario y el daño de introducirse furtivamente con engaño o violencia, o sin el permiso de la persona autorizada para darlo, a un departamento, vivienda, aposento o dependencias de una casa habitada.

Amparo penal directo 2762/34.-S.Z.J..-11 de febrero de 1936.-Mayoría de cuatro votos.-Disidente: D.G. publicación no menciona el nombre del ponente.


Semanario Judicial de la Federación, Quinta Época, Tomo XLVII, página 2295, Primera Sala.

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