Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro806137
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

REPARACION DEL DAÑO CAUSADO POR EL DELITO DE LESIONES (LEGISLACION DE AGUASCALIENTES).

Por cuanto a la reparación del daño por el delito de lesiones, que se obliga al reo a satisfacer, y que se fijó en cierta cantidad, cabe decir que si la ofendida comprobó haber erogado esa suma de dinero, en comprar los medicamentos que le fueron administrados, y en el pago de honorarios médicos y por las curaciones que se le hicieron, es legal, en consecuencia, esa obligación que se le impone, conforme a lo prevenido por los artículos 30 y 31 del Código Penal aplicable.

Amparo penal directo 9602/46. T.J.E.. 17 de junio de 1948. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: T.O. y Leyva. La publicación no menciona el nombre del ponente.

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