Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro804383
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

Los tribunales represivos tienen facultades para apreciar las declaraciones de los testigos e inclinarse para conceder fe plena a los que les merezcan mayor credibilidad, en los casos en que existieren testigos contradictorios, atribuciones que las otorgan los artículos 349 y 350 del Código de Procedimientos Penales del Estado; y esta Suprema Corte no puede sustituirse en su criterio, si al hacer la valoración no infringen las reglas contenidas en esas normas.

Amparo penal directo 6827/51. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 4 de junio de 1954. Unanimidad de cuatro votos. Ausente: L.C.G.. Relator: L.G.C..

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