Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro803569
EmisorPrimera Sala
MateriaPenal

La torpeza, imprudencia o imprevisión en cuanto generadora de los delitos culposos, no debe ser provocada por un estado de embriaguez, sino producirse en el estado normal del delincuente, atentas las características de imprevisión, negligencia, imprudencia, falta de reflexión o de cuidado que se exigen como causantes del daño imprudencial.

Amparo directo 2203/55. Por acuerdo de la Primera Sala, de fecha 8 de junio de 1953, no se menciona el nombre del promovente. 7 de diciembre de 1955. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: T.O. y Leyva.

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