Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro802850
MateriaPenal,Derecho Penal
EmisorPrimera Sala

Si bien el artículo 240 del Código Fiscal de la Federación establece que el sentenciado por contrabando no tendrá derecho a la condena condicional, en tanto no se satisfaga o garantice el interés fiscal, tal disposición se debe interpretar congruentemente con el artículo 90 del Código Penal Federal, y puede concederse al acusado la suspensión condicional de la condena mediante fianza que garantice tanto su comparecencia ante la autoridad, como el interés fiscal.

Amparo directo 3219/56. E.S.A.. 13 de septiembre de 1957. Cinco votos. Ponente: C.F.S..

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