Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 1 de Febrero de 2007 (Tesis num. 1a. LV/2007 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-02-2007 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | 1a. LV/2007 |
Fecha de publicación | 01 Febrero 2007 |
Fecha | 01 Febrero 2007 |
Número de registro | 173213 |
Localizador | 9a. Época; 1a. Sala; S.J.F. y su Gaceta; XXV, Febrero de 2007; Pág. 659 |
Emisor | Primera Sala |
Materia | Constitucional,Administrativa,Derecho Público y Administrativo,Derecho Constitucional |
El citado precepto legal, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 4 de febrero de 2004, al establecer que la Procuraduría Federal del Consumidor puede aplicar las medidas precautorias consistentes en inmovilizar envases, bienes, productos y transportes; asegurar bienes o productos que se comercialicen fuera de establecimiento comercial; suspender la comercialización de bienes, productos o servicios; colocar sellos de advertencia y ordenar la suspensión de información o publicidad que viole las disposiciones de la Ley de la materia, cuando se afecte o pueda afectar la vida, la salud, la seguridad o la economía de una colectividad de consumidores, no constituye una disposición privativa y, por ende, no viola el artículo 13 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, porque reviste los atributos de abstracción, generalidad e impersonalidad en tanto que rige para todos aquellos que se ubiquen en las hipótesis que prevé, sin contraerse a una sola persona, además de que su vigencia es indeterminada.
Amparo en revisión 274/2006. J.M.D.G.. 15 de marzo de 2006. Cinco votos. Ponente: S.A.V.H.. Secretario: J.C.S..
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Primera Sala
...2007, p. 479 PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR. EL ARTÍCULO 25 BIS DE LA LEY FEDERAL RELATIVA NO VIOLA EL ARTÍCULO 13 DE LA CONSTITUCIÓN FEDERAL. (1a. LV/2007) S.J.F. IX Época. T. XXV. 1a. Sala, febrero 2007, p. 659 PROTECCIÓN AL CONSUMIDOR. EL ARTÍCULO 25 BIS DE LA LEY FEDERAL RELATIVA NO VIOLA LA ......