Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 1 de Junio de 1991 (Tesis num. 1a. XVII/91 de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala, 01-06-1991 (Tesis Aisladas))
Número de resolución | 1a. XVII/91 |
Fecha de publicación | 01 Junio 1991 |
Fecha | 01 Junio 1991 |
Número de registro | 206198 |
Localizador | 8a. Época; 1a. Sala; S.J.F.; VII, Junio de 1991; Pág. 75 |
Materia | Común |
Emisor | Primera Sala |
Es cierto que los artículos 202 y 203 del Código Federal de Procedimientos Civiles, disponen que los documentos públicos y privados pueden ser comprobatorios de los hechos que en ellos se mencionan; sin embargo, no puede negarse que si dichos documentos son ilegibles total o parcialmente, imposibilitan al juzgador para percatarse de su real contenido; circunstancia ésta de relevante importancia, sobre todo si la parte ilegible se refiere a aspectos que son trascendentales para los efectos de lo que se pretende comprobar como podría ser el interés jurídico, por lo que, de suscitarse dicha irregularidad en los documentos con los que se trata de demostrar éste, es evidente que no podrá tenerse por acreditado.
Amparo en revisión 3449/90. Grupo ICI de México, S.A. de C.V. 4 de marzo de 1991. Unanimidad de 5 votos. Ponente: S.A.L.. Secretaria: R.C.R..
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