Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro234114
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

Si el delito de amenazas se hizo consistir en que se amagó a la ofendida con la finalidad de que entregara los bienes que se pretendía robar en el mismo acto, pero se advierte que no estuvo implícita la ulterior intención de causar mal en la pasivo, ello impide la configuración de aquél ilícito, cuya esencia radica en la intranquilidad y zozobra provocada en el ánimo de la víctima, en tanto es receptor del aviso del daño que se encuentra en posibilidad de sufrir. Por tanto, tales amagos constituyen un simple medio típico, que en el caso queda plasmado como forma agravante del robo, y trae aparejado el consecuente aumento de pena, pues sólo se externó que se causaría un mal en ese momento, condicionándose a la no entrega de los valores, lo que diferencia la modalidad considerada en el delito de robo, del diverso de amenazas.

Amparo directo 6500/83. J.M.J.Z.. 4 de enero de 1985. Cinco votos. Ponente: L.F.D.. Secretaria: M.E.R. de Vidal.


Nota: En el Informe de 1985, la tesis aparece bajo el rubro "AMENAZAS. NO SE INTEGRA EL DELITO.".

VLEX utiliza cookies de inicio de sesión para aportarte una mejor experiencia de navegación. Si haces click en 'Aceptar' o continúas navegando por esta web consideramos que aceptas nuestra política de cookies. ACEPTAR