Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro234144
MateriaPenal
EmisorPrimera Sala

Si el ad quem modificó indebidamente la apreciación del J. de primera instancia, en relación con la calificativa de ventaja, manifestando expresamente que "el a quo anómalamente determina las causas (de la ventaja) para así haber considerado el homicidio", pero que ello no implica que deba desestimarse tal calificativa, en virtud de que "el pliego de conclusiones acusatorias de la representación social contiene sus propias razones para el cabal acreditamiento de dicha circunstancia y a ellas debemos atenernos"; es decir, si el tribunal de alzada consideró que la calificativa de ventaja no se estructuraba en los términos expuestos por el J. y, sin embargo, en lugar de modificar la sentencia y eliminar la ventaja, adecua sus razonamientos con los del órgano de acusación, no obstante que el agente del Ministerio Público no expresó agravios al respecto, y finaliza dando por acreditada la calificativa en mención, la sentencia resulta violatoria de garantías.

Amparo directo 2760/84. A.E.O.F.. 21 de enero de 1985. Cinco votos. Ponente: F.P.V.. Secretario: T.H.F..


Nota: En el Informe de 1985, la tesis aparece bajo el rubro "SENTENCIA INCONGRUENTE. LO ES LA DE SEGUNDA INSTANCIA, QUE CORRIGE LA DE PRIMER GRADO, APOYANDOSE EN ARGUMENTOS DISTINTOS A LOS MANIFESTADOS POR EL MINISTERIO PUBLICO EN SU EXPRESION DE AGRAVIOS.".

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