Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro235112
MateriaPenal,Derecho Penal
EmisorPrimera Sala

En lo que respecta a la sanción pecuniaria de multa, se advierte incongruencia con la peligrosidad, cuando a pesar de haberse considerado ésta cercana al mínimo y haberse adecuado la sanción corporal a ese extremo, se aplicó el máximo de multa que señala la ley. Lógica y jurídicamente, tanto la sanción privativa de libertad como la pecuniaria de multa, deben guardar proporción analítica con la gravedad del delito y características del delincuente, siendo inconcuso que si se considera al reo de peligrosidad cercana al mínimo, el monto de la multa debe tender a ese extremo.

Amparo directo 6164/75. F.Q.L.. 23 de marzo de 1977. Cinco votos. Ponente: M.R.S.. Secretario: I.R.M..


Nota: En el Informe de 1977, la tesis aparece bajo el rubro "SANCION PECUNIARIA NO ACORDE CON LA PELIGROSIDAD.".

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