Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro235327
EmisorPrimera Sala
MateriaPenal

Si al estarse desarrollando una riña interviene un tercero en auxilio de uno de los rijosos, y priva de la vida al otro, sin que haya ningún combate entre ese tercero y el rijoso que resultó muerto, debe considerarse el homicidio como intencional, sin que pueda hacerse extensiva la calificativa de riña al delito cometido por el tercero.

Amparo directo 4213/75. H.C.T.. 4 de diciembre de 1975. Cinco votos. Ponente: E.A.A..


Séptima Epoca, Segunda Parte:


Volumen 71, página 53. Amparo directo 2051/74. I.Z.A. . 25 de noviembre de 1974. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: E.A.A..


Volumen 55, página 52. Amparo directo 4750/72. G.A.B.. 19 de julio de 1973. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: M.R.S..


Véase: A. al Semanario Judicial de la Federación 1917-1975, Segunda Parte, Primera Sala, tesis 281, página 606, bajo el rubro "RIÑA, ELEMENTOS DE LA.".


Nota:


En el Volumen 55, página 52, la tesis aparece bajo el rubro "RIÑA, TERCEROS QUE INTERVIENEN EN LA.".


En el Volumen 71, página 53, la tesis aparece bajo el rubro "RIÑA, HOMICIDIO COMETIDO POR TERCERO NO PARTICIPANTE EN LA.".

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