Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro235359
EmisorPrimera Sala
MateriaPenal

Si en la contestación producida por la defensa a los agravios en la apelación del Ministerio Público, para nada se impugna la certificación del tribunal de alzada del cómputo respectivo, sino que es hasta la demanda de amparo en la que la defensa hace valer tal circunstancia, es de concluirse que no es el juicio constitucional el adecuado para considerar la procedencia o no de una certificación respecto a los términos procesales que competen al Tribunal de Segunda Instancia, pues para ello la defensa estaba en aptitud de promover en su caso la revocación correspondiente.

Amparo directo 3375/75. T.B.D.. 7 de noviembre de 1975. Cinco votos. Ponente: M.R.S..

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