Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro235583
MateriaPenal,Derecho Penal
EmisorPrimera Sala

El artículo 199 del Código Penal Federal, establece: "Los estupefacientes, las sustancias, los aparatos, los vehículos y demás objetos que se emplearen en la comisión de los delitos a que se refiere este capítulo, serán en todo caso, decomisados y se pondrán a disposición de la Autoridad Sanitaria Federal, la que procederá de acuerdo con las disposiciones o leyes de la materia, a su aprovechamiento lícito o a su destrucción". Así, si el inculpado, para realizar el transporte del estupefaciente objeto del delito a diversos lugares, necesitó utilizar un vehículo de su propiedad para poder ocultar la droga y recorrer la distancia entre esos lugares, y movido por esa necesidad, empleó como un medio adecuado dicho vehículo en la comisión del delito contra la salud materia de su condena, en esa virtud el decomiso del mismo se encuentra apegado a la ley.

Amparo directo 5638/74. A.P.R.. 23 de abril de 1975. Cinco votos. Ponente: M.R.S..


V.S.J. de la Federación:


Séptima Epoca, Segunda Parte:


Volumen 39, página 95, tesis de rubro "SALUD, DELITO CONTRA LA. POSESION. DECOMISO IMPROCEDENTE.".


Volumen 18, página 23, tesis de rubro "DECOMISO DE INMUEBLES EN APLICACION DE LA LEY FEDERAL DE JUEGOS Y SORTEOS.".


Volumen 9, página 25, tesis de rubro "DELITO CONTRA LA SALUD, INSTRUMENTOS QUE NO SON DEL (VEHICULOS).".


Sexta Epoca, Segunda Parte:


Volumen CXXIX, página 17, tesis de rubro "INSTRUMENTOS DEL DELITO. AUTOMOVIL USADO PARA POSESION Y TRAFICO DE DROGAS.".


Volumen CXIII, página 23, tesis de rubro "INSTRUMENTOS DEL DELITO. CONCEPTO.".


Volumen CV, página 47, tesis de rubro "AUTOMOVIL COMO INSTRUMENTO DEL DELITO DE TRAFICO DE DROGAS.".

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