Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro235652
EmisorPrimera Sala
MateriaPenal

La ley equipara al toxicómano con el enfermo, y cuando en su poder se encuentra una cantidad de estupefaciente que es apenas bastante para satisfacer por una sola vez su inclinación, lo sustrae al régimen represivo y establece un régimen curativo. Pero debe precisarse que debe tratarse precisamente de un toxicómano, que equivale decir un fármaco-dependiente; ello es, un individuo en quien el habitual uso del estupefaciente le ha creado una necesidad físico-psíquica. Distinta es la situación del consumidor esporádico y del ocasional; ellos no están comprendidos dentro de la excusa, pues la razón de ser de ésta es la equiparación del toxicómano al enfermo a virtud de su dependencia, y en el consumidor esporádico y en el ocasional no hay tal dependencia. No basta demostrar que una cantidad de estupefaciente, aun cuando mínima, que se tenga consigo, es para el consumo propio, para que sea de aplicación la excusa absolutoria, sino que es indispensable acreditar plenamente la toxicomanía. La aplicación de esta directriz es de gran trascendencia, por razones fácilmente asequibles.

Amparo directo 5585/73. E.D.W.. 20 de febrero de 1975. Mayoría de tres votos. Disidentes: M.R.S. y E.A.A.. Ponente: A.H. y A..

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