Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro235835
EmisorPrimera Sala
MateriaPenal,Derecho Penal

La función de los testigos es declarar mediata o inmediatamente sobre hechos percibidos a través de los sentidos, en tanto que toca a los peritos omitir opiniones experticiales que habrán de orientar al juzgador en el conocimiento especial de un hecho u objeto; por lo que no puede afirmarse que lo aseverado por testigos le reste valor probatorio a un dictamen toxicológico rendido por un perito oficial de la Procuraduría General de la República, ya que el artículo 288 del Código Federal de Procedimientos Penales faculta al juzgador para apreciar los dictámenes periciales según las circunstancias del caso.

Amparo directo 606/74. E.A.C.. 11 de julio de 1974. Unanimidad de cuatro votos. Ponente: A.H. y A..

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