Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro236400
EmisorPrimera Sala
MateriaPenal

Es presupuesto de la coparticipación delictiva (artículo 13 del Código Penal Federal), que los diversos sujetos actúen con cooperación consciente y querida. La culpabilidad abarca la conciencia de la cooperación en la obra conjunta y por consiguiente del acuerdo recíproco. Este acuerdo puede surgir antes de dar comienzo a la ejecución del hecho delictivo o durante la misma ejecución. La parte que cada autor consciente realiza, constituye la parte de un todo que es el delito y, por tanto, no responden solamente del resultado de su conducta concreta, sino del delito considerado unitariamente.

Amparo directo 1134/72. J.R.R.. 4 de septiembre de 1972. Mayoría de tres votos. Disidentes: E.A.A. y M.R.S..

Ponente: M.G.R.F..


Sexta Epoca, Segunda Parte:


Volumen CXXXVI, página 37. Amparo directo 5318/67. M.D.R.. 17 de octubre de 1968. Cinco votos. Ponente: E.A.A..


Véase: A. al Semanario Judicial de la Federación 1917-1965, Segunda Parte, Primera Sala:


Tesis 257, página 522, de rubro "RESPONSABILIDAD CORRESPECTIVA Y PARTICIPACION.".


Tesis 84, página 185, de rubro "COPARTICIPACION, RESPONSABILIDAD EN LA.".


Tesis 83, página 182, de rubro "COPARTICIPACION, EXISTENCIA DE LA.".





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