Tesis Aislada de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis de Suprema Corte de Justicia, Primera Sala (Tesis Aisladas))

Número de registro236531
EmisorPrimera Sala
MateriaPenal

Aun cuando es cierto que genéricamente el hecho de estimar mínima la peligrosidad del acusado no obliga a imponerle precisamente la pena mínima, también lo es que si fue condenado el acusado en primera instancia al mínimo de la pena aplicable al delito por el que se le consideró responsable, al variarse la clasificación del delito en segunda instancia a uno de pena mínima menor, ante la ausencia de apelación del Ministerio Público y el reconocimiento del ad quem de la peligrosidad mínima representada por el acusado, esta obligado a imponerle una sanción congruente a esa peligrosidad y acorde a la que para el diverso delito impuso el Juez de los autos.

Amparo directo 5265/71. J.A.I.. 7 de abril de 1972. Cinco votos. Ponente: E.B.F..


Séptima Epoca, Segunda Parte:


Volumen 34, página 31. Amparo directo 2593/71. M.R.L.. 18 de octubre de 1971. Mayoría de tres votos. Ponente: M.G.R..

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